La Administración Municipal anunció que dará inició a los trámites y obligación en el procedimiento de exhumación de los restos humanos que se encuentran en el Parque Cementerio, luego de haber cumplido el tiempo de permanencia.
De acuerdo la Alcaldía, para menores de 7 años se aplicará tres años a partir del registro de inhumación, mientras que para mayores de siete años será de cuatro años, ambos tendrán las mismas condiciones.
La Administración advirtió que, el de no acatarse esta medida, se procederá el trasladado a una urna o fosa común de acuerdo a lo establecido en el Art. 20 de la Resolución 5194 de 2010.
Por lo cual se reglamenta la prestación de los servicios funerarias autorizadas para las exhumación en los: Jardines de Paz, Exhumaciones E.C.F., Exhumaciones La Resurrección, Manto Sagrado, Funeraria Los Olivos, Capillas de la Fe Coorserpark, Traslados y Exhumaciones San Gabriel y Velaciones Santa Cruz del Llano.
Además, se ha establecido el correo segobierno@yopal-casanare.gov.co en el cual deberán enviar los siguientes documentos:
Certificado de Defunción
- Licencia de Exhumación (Secretaría de Salud)
- Fotocopia de la cédula de quien autoriza la exhumación con los datos: Dirección y teléfono.
- Copia y original de la consignación de derechos de exhumación por valor de OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS PESOS ($81.200), los cuales deben ser consignados en la cuenta de ahorros No. 85503099-5 del Banco de Bogotá.