Así lo dio a conocer la Secretaría de Tránsito y Transporte de Yopal, a través de las circulares 024 y 025, que señala la reactivación del transporte interveredal e intermunicipal, acatando los decretos impartidos por el Gobierno Nacional expedidos por el Ministerio de Salud, al igual que los decretos departamental y municipal.

Con el fin de contribuir a la reactivación de este sector y con los usuarios que estaban a la espera de que el transporte volviera a operar para hacer uso de este, se deberá tener en cuenta las directrices impuestas en las circulares anteriormente mencionadas para dar apertura al servicio.

Entre ellas se encuentra que los usuarios sólo podrán abordar a los buses directamente en la Terminal de Transporte, lugar donde se realizará los despachos desde y hacia Yopal, pues allí se llevará a cabo la respectiva desinfección de los vehículos como el control de los pasajeros.

A raíz de la pandemia generada por la COVID – 19, se realizará ajuste en los horarios de despacho y frecuencia, por lo que las empresas estarán sujetas a trabajar acorde a la demanda de pasajeros y con una capacidad transportadora del 50%.

Las empresas operarán en las rutas que ya habían sido asignadas pero en los horarios comprendidos de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., de lunes a sábado.

Los ciudadanos que deseen hacer uso del transporte público terrestre deberán acreditar los motivos de origen de su desplazamiento, así como los soportes que demuestren que hace parte de alguna de las 46 excepciones contempladas en el Decreto Nacional 1076 de 2020, sólo estas personas podrán hacer uso de este servicio.

Por redaccion

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