La Secretaría de Tránsito y Transporte, a dispuesto en el artículo 3 de la ley 769 de 2002, las directrices acorde a lo establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social, para evitar la propagación de la COVID – 19.

Es decir, los vehículos que son despachados desde el Terminal de Transporte, deberán salir desinfectados. Para tal fin se acondicionó un espacio al interior del lugar, donde se llevará dicho procedimiento.

En cuanto al control de pasajeros y la verificación de los protocolos, se establecen de acuerdo a lo dispuesto en el anexo técnico numeral 3 a 3.2.2 de la Resolución 1537 del 2 de septiembre de 2020. Donde las empresas estarán sujetas a trabajar acorde a la demanda de pasajeros y al 50% de su capacidad transportadora.

Por tal razón, la Secretaría de Tránsito, reitera el llamado a la comunidad en general a que haga uso responsable de este servicio y acaten las medidas y  directrices impartidas, ya que es en pro de la salud de todos.

Para los ciudadanos que deseen hacer uso del servicio de transporte público terrestre, se le recuerda el deber permitir la toma de temperatura antes de iniciar el recorrido y una vez finalice el mismo, los pasajeros deberán conservar el distanciamiento social y usar el tapabocas de manera permanente.

Por redaccion

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *