Una de las preocupaciones más sobresalientes de los jóvenes a la hora de graduarse es su situación militar, pues la preocupación aumenta cuando ingresan al mundo laboral. De acuerdo a la Ley 1861 de 2017, en su artículo 42, “las entidades públicas o privadas no podrán exigir al ciudadano la presentación de la tarjeta militar para ingresar a un empleo”, pues ese requisito desde hace varios años está proscrito de la legislación.
Así mismo, la normativa establece que las personas declaradas no aptas, exentas o que hayan superado la edad máxima de incorporación a filas, podrán acceder a un empleo sin haber definido su situación militar. Sin embargo, también se debe tener en cuenta que estas personas deberán definir su situación militar en un plazo de 18 meses después de la vinculación laboral.
Anteriormente en 2016 una ley aprobada por el Congreso buscaba principalmente impulsar la generación de empleo formal y estable para los jóvenes colombianos, fomentar el emprendimiento y otorgar beneficios que les permitan vincularse al mundo laboral.
El jefe de cartera, Ángel Custodio Cabrera, hizo en este 2021 un llamado a los empleadores del sector privado para que se abstengan de exigir este documento como requisito para la vinculación laboral en especial a los jóvenes entre 18 y 28 años que muchas veces acceden a su primer empleo.
Según Karla Escobar, directora del Departamento de Derecho Laboral en Cáez Muñoz Mejía, un aspirante al que se le exija presentar la libreta militar como documento obligatorio para la vinculación laboral, este podría presentar una queja ante MinTrabajo o podría interponer una acción de tutela argumentando que le es negado el derecho al trabajo.
Por lo que se deberá tramitar ante las autoridades de reclutamiento una certificación provisional en línea, que acredite el trámite de la definición de su situación militar por una única vez; si lo haces, “no podrán exigirte la presentación física de la libreta militar para ingresar a un empleo”, se explica en el concepto mencionado. En la página www.libretamilitar.mil.co ahí podrás revisar el estado de su solicitud.
En cuanto al ámbito universitario, los estudiantes que se gradúan como bachilleres tendrán la posibilidad de acceder a una libreta militar provisional, siempre y cuando estos sean menores de 18 años o estén cursando una carrera profesional, caso en el cual la libreta provisional tendrá una duración de dos años.
En caso de cursar una carrera diplomática, de acuerdo a la resolución 2861 de 2022, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, al momento de la inscripción al curso, al concursante no se le podrá exigir la definición de su situación militar. No obstante, la libreta podrá ser solicitada una vez el estudiante culmine su carrera y se posesione como Tercer Secretario.
Según explicó Escobar, frente a este caso se debe aplicar la Ley 1861, de la misma forma que se hace respecto a la vinculación laboral, pues tiene los mismos efectos y los plazos no tendrían cambios.